A- de 2025
Ponente Lina Marcela Escobar Martínez
✓Demandante Departamento Conjunto De Inteligencia Y Contrainteligencia Del Comando General De Las Fuerzas Militares·Demandado Tribunal Administrativo De Cundinamarca Seccion 1 Subseccion A
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente auto la Sala Plena de la Corporación decidió SUSPENDER los términos procesales en el expediente de la referencia, desde la fecha de este proveído y hasta el término de tres meses.
Lo anterior, conforme lo autoriza el artículo 64 del Acuerdo 02 de 2015.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. SUSPENDER los términos procesales del expediente T-10.975.651, desde la fecha de esta providencia y hasta por el término de tres (3) meses, conforme lo autoriza el artículo 64 del Acuerdo 02 de 2015.
- SEGUNDO. Por medio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, INFORMAR sobre el contenido de este auto a las partes y terceros con interés del proceso de la referencia.
- TERCERO. Contra este auto no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.